Texto: LAN\2014\337 Estado: Disposición vigente

Resolución de Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de 2 octubre 2014. Hace público el Acuerdo entre la Administración General del Estado (Ministerio de Economía y Competitividad), la Junta de Andalucía (Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo) y la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, firmado el 28-5-2008, para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la adecuación de espacios para actividad investigadora de dicho centro tecnológico

Datos de la publicación donde se genera esta versión:

BOJA núm. 199 de 10/10/2014

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2014/199

Procedencia: Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología

Versión de 2/10/2014

Tipo de versión: INICIAL

Vigencia: 14/7/2014


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General ha resuelto publicar el Acuerdo al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, firmado el 28 de mayo de 2008, para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la adecuación de espacios para actividad investigadora de dicho Centro Tecnológico.

Acuerdo entre la Administración General del Estado (Ministerio de Economía y Competitividad), la Junta de Andalucía (Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo) y la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, por el que se modifica el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la adecuación de espacios para actividad investigadora de dicho Centro Tecnológico, firmado el 28 de mayo de 2008

En Madrid, a 14 de julio de 2014.

REUNIDOS

De una parte el Sr. don ..., Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Excmo. Sr. don ..., en calidad de Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre (LAN\2013\272), de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 149/2012, de 5 de junio (LAN\2012\215), por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 9.2 y 26.2.i) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre ( LAN\2007\480 ) , de la Administración de la Junta de Andalucía.

De otra, el Sr. don ..., en su calidad de Presidente de la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, en virtud de poderes otorgados a su favor según resulta de la escritura autorizada por el Notario de Vera, don Francisco Vidal Martín de Rosales, en la fecha 22 de agosto de 2008.

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto.

EXPONEN

Uno. Que, con fecha 28 de mayo de 2008 el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, suscribieron un convenio para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la adecuación de espacios para la actividad investigadora de dicho centro tecnológico.

Dos. Que, de acuerdo a lo previsto en la cláusula 8 del Convenio, la Comisión de Seguimiento del mismo, en su reunión celebrada el 9 de marzo de 2010 autorizó la prórroga del plazo de ejecución del proyecto hasta el 31 de diciembre de 2012. Posteriormente, en su reunión de 23 de marzo de 2012 autorizó una nueva prórroga hasta el 31 de diciembre de 2014.

Tres. Que el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, establece que corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores.

Cuatro. Que el Decreto 149/2012, de 5 de junio de 2012 ( LAN\2012\215 ) , por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, establece que corresponden a dicha Consejería la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia de tecnología en el Sistema Andaluz de Ciencia, Tecnología y Empresa.

Cinco. Que el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Competitividad, establece que corresponde a la Dirección General de Investigación Científica y Técnica la función de desarrollo de actuaciones destinadas a la dotación y potenciación de infraestructuras y equipamiento científicos y tecnológicos, y otras actuaciones de investigación científica y técnica financiadas con fondos europeos.

Seis. Que la cláusula segunda.1 del convenio preveía que el proyecto seleccionado se cofinanciaría con cargo al Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas-Fondo Tecnológico, en una cuantía de 3.000.865 euros correspondientes al 70% del importe del gasto total elegible, de acuerdo a la tasa de cofinanciación que establecía la Decisión de la Comisión Europea C (2007)6316, por la que se adoptó el programa operativo Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas.

Siete. Que con el fin de garantizar la ejecución del proyecto y evitar la posible pérdida de recursos comunitarios, el Ministerio de Ciencia e Innovación anticipó 4.286.950 euros a la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño: 3.000.865 euros en concepto de anticipo de la ayuda FEDER y 1.286.085 euros en concepto de préstamo a 10 años para completar el 100% del coste total elegible del proyecto.

Ocho. Que la Fundación Centro Tecnológico Andaluz del Diseño efectuó, el 1 de febrero de 2012, el desembolso de la primera cuota de amortización del préstamo por importe de 128.608,50 euros y, el 22 de enero de 2013, el de la segunda cuota por importe de 128.608,50 euros.

Nueve. Que el convenio firmado el 28 de mayo de 2008, fijaba el plazo de amortización del anticipo FEDER el 31 de diciembre de 2015. Dicha fecha se estableció en la previsión de que el proyecto finalizaría su ejecución antes del 31 de diciembre de 2010. Una vez que se ha prorrogado el plazo de ejecución, de conformidad con la Cláusula Octava, es preciso adecuar el plazo de amortización del anticipo FEDER, a la fecha en que previsiblemente se recibirán las ayudas del fondo estructural.

Diez. Que el 21 de diciembre de 2011, la Comisión Europea aprobó la Decisión C(2011)9764 por la que se modifica la Decisión C(2007)631 6 por la que se adoptó el programa operativo Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas, aumentando la tasa de cofinanciación del FEDER a las Comunidades Autónomas incluidas en el objetivo de Convergencia, al 80% del gasto subvencionable.

Once. Que según lo previsto en la Decisión C(2011)9764, es necesario adecuar a la nueva tasa de cofinanciación las cláusulas del convenio que determinaban la aportación del FEDER y la aportación nacional y las que articulaban el flujo de fondos FEDER.

Doce. Que desde la suscripción del convenio, como consecuencia de circunstancias meteorológicas de fuerza mayor, ha sido necesario actualizar el proyecto para poder continuar con su ejecución por lo que se han producido ajustes entre las partidas del presupuesto que figuraba en el Anexo I del convenio. En consecuencia es necesario adecuar dicho Anexo I a la ejecución real. Dicha adecuación no altera los objetivos generales del proyecto.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS Primera

Se modifica la cláusula segunda del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en relación con el porcentaje de cofinanciación del FEDER que aumenta del 70% al 80% del importe del gasto total elegible, por lo tanto la aportación máxima del FEDER será 3.429.560,00 euros.

Segunda

Se modifica la cláusula segunda.3 del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en relación con el cálculo de la parte correspondiente a la cofinanciación nacional, que disminuye del 30% al 20% del coste total elegible.

Tercera

Se modifica el «Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER» incluido en la cláusula segunda del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, que queda redactado según el siguiente cuadro:

ACTUACIÓNPRESUPUESTO (€)APORTACIÓN FEDER (MICINN)APORTACIÓN NACIONAL (JUNTA DE ANDALUCÍA)
Adecuación de espacios a la actividad investigadora de la Fundación CT. Diseño4.286.950,0080% a través de la categoría 02 del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas –Fondo Tecnológico–20% (según cláusulas 2.3 y 4.1 del Convenio modificadas por el presente Acuerdo)
TOTAL4.286.950,00 €3.429.560,00 €857.390,00 €
Cuarta

Se modifica la cláusula tercera del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en lo relativo a la cofinanciación máxima del FEDER, que no podrá superar el 80% del total.

Quinta

Se modifica la cláusula cuarta del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en relación con las cuantías correspondientes a la cofinanciación nacional, anticipada por el Ministerio, cuyo importe se actualiza a 857.390,00 euros y en relación con la cuantía del anticipo correspondiente a la cofinanciación FEDER, que se actualiza a 3.429.560,00 euros.

Sexta

Se modifica el apartado 2 de la cláusula cuarta del Convenio, en cuanto al plazo de devolución de la aportación del FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación que queda redactado como sigue:

«2) Devolución aportación FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación (3.429.560,00 euros): El libramiento de la ayuda proveniente del FEDER se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo reembolsable. Si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del transcurso de dos años contados desde el pago del saldo final del Programa Operativo previsto en el artículo 76 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006

Séptima

Se modifica el Anexo I del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, que queda redactado en los términos establecidos en el Anexo I al presente Acuerdo.

Octava

Se modifica el Anexo II del Convenio de fecha 28 de mayo de 2008, que queda redactado en los términos establecidos en el Anexo II al presente Acuerdo.

Novena

El presente Acuerdo entrará en vigor el día de la fecha de su firma.

En prueba de conformidad, las partes firman el presente Acuerdo por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.




Análisis jurídico



Este documento no tiene validez jurídica